MEMORIAS DEL GENERAL

BASILIO AUGUSTIN DÁVILA

Filipinas

pacto de Biac-na-bato

 

TRANSCRIPCION DE FOTOCOPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS RELATIVOS A D. BASILIO AUGUSTIN Y DAVILA DEL ARCHIVO GENERAL MILITAR EN 1978
“CAPITANÍA GENERAL DE CASTILLA LA NUEVA Y EXTREMADURA”
Primer cuerpo del ejercito E.M. sección 1ª

 

Excmo. Señor:
El Excmo. Sr. Ministro de la guerra en Real Orden de 28 anterior me dice:


“Excmo. Sr. :


Se ha recibido en este ministerio la instancia que cursó V.E. con fecha 14 del corriente mes, promovida por el Teniente General Don Basilio Augustin y Dávila, en la que después de exponer los servicios que ha prestado en las Islas Filipinas, como Jefe de su Ejército, hace presente que se encuentra en situación difícil y desairada por no haberse publicado en la gaceta de Madrid, ni en el Diario Oficial de este Ministerio los reales Decretos por los que fue relevado de los mencionados cargos, así como por no habérsele comunicado el resultado del expediente instruido por el Consejo Supremo de Guerra y Marina, con motivo de los despachos telegráficos que el exponente dirigió a este Ministerio en 18 de julio y 4 de agosto pasados, el primero de los cuales determinó dicho relevo. En su vista la Reina Regente del Reino en nombre de su Augusto Hijo el Rey (q.D.g.) ha tenido a bien resolver se manifieste al referido Oficial General:


Primero: Que los Reales Decretos por virtud de los cuales fue relevado de los citados cargos no se insertaron en los periódicos oficiales por haberse tomado en el Consejo de Ministros el acuerdo de no publicar disposiciones que pudieran ejercer alguna influencia desfavorable en la campaña y tratándose de una resolución de importancia, pus que afectaba a la personalidad de un General en Jefe no estimó oportuna su publicación si bien fue comunicado a quienes necesitaban conocerla.


Segundo: Que no ha lugar a comunicar al General recurrente el resultado del expediente que dice fue instruido por el Consejo Supremo, tanto porque no lo originó reclamación o instancia del interesado cuanto porque las diligencias que se han practicado no tienen el carácter de expediente y si solo el de previos a fi de inquirir la responsabilidad que pudiera alcanzar al General mencionado por los telegramas citados anteriormente, siendo no obstante la voluntad de S.M. se haga saber al repetido Oficial General que si bien el citado Alto Cuerpo no encontró materia penable en los despachos de que se trata, el solo hecho de haber surgido dudas sobre si existía o no, debe demostrarle suficientemente que cuando menos no estaban redactados con la corrección y mesura en que debe inspirarse quien se dirige al Gobierno de S.M. por elevada que sea la posición que ocupe, siendo de esperar que para lo sucesivo use en casos análogos el lenguaje mas moderado, y


Tercero: Que en cuanto a sus servicios en el Ejército de Filipinas, los diferentes telegramas que se le dirigieron y especialmente el del 21 de julio que cita en su instancia son prueba evidente de que S.M. y el Gobierno estaban satisfechos de ellos.


De Real Orden lo digo a V.E. para su conocimiento y fines correspondientes. =lo transcribo a V.E. para su conocimiento. = Dios guarde a V.E. muchos años. = Madrid 2 de diciembre de 1898.= Macías =rubricado= Excmo. Sr. Don Basilio Augustin y Dávila

 

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